Título: | Estudio e inscripción en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes de una sociedad de la sección IV de la Ley General de Sociedades nº 19550 |
Autores: | María Victoria Olivieri, Autor ; José María Bustos, Consultor del proyecto |
Tipo de documento: | texto manuscrito |
Fecha de publicación: | 2018 |
Dimensiones: | 48 p. / il. byn. |
Langues: | Español |
Materias: |
02 - Temático General - UNESCO Derecho tributario ; Impuesto sobre la renta ; Impuestos ; Régimen jurídico |
Etiquetas: | Impuesto -- Régimen Simplificado -- Monotributo -- Impuesto a las Ganancias -- sistema previsional -- pequeños contribuyentes -- sociedades -- análisis del procedimiento de inscripción |
Resumen: |
El Régimen Simplificado, más conocido como Monotributo, consiste en un Régimen Tributario Integrado y Simplificado, opcional, relativo a los Impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado y al sistema previsional, destinado a los pequeños contribuyentes: sujetos definidos en la legislación que cumplimentan en forma global los requisitos impuestos por la misma.
Se concede o se reserva la posibilidad de optar por el Régimen sólo a las sociedades que acojan la tipología de Sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades N° 19550, es decir a aquellas sociedades que no adoptan la forma de sociedades colectivas, de capital e industria, en comandita simple, de responsabilidad limitada, sociedades anónimas o sociedades en comandita por acciones. Las sociedades deben contar con un número máximo de tres (3) integrantes, cada uno de los cuales deben cumplir, individualmente, y como primera medida de evaluación, con todos los requisitos que se solicitan a las personas físicas. Una vez verificada dicha situación, se procede a analizar los atributos de la sociedad, condición esta imprescindible. La categorización y el importe de impuesto a ingresar presentan condiciones particulares. Las sociedades tienen a su cargo el pago del impuesto correspondiente y deberán categorizarse a partir de la Categoría D en adelante, debiendo adicionar al monto que le corresponda según como queden encuadrados, un incremento del veinte por ciento (20%) por cada uno de los socios integrantes. Por último, en lo que hace a la inscripción, se deberá presentar en la dependencia que corresponda al domicilio fiscal de la persona jurídica que se pretende inscribir, la siguiente documentación: Contrato certificado por escribano público en original y fotocopia; Dos pruebas del domicilio de la sociedad; Formulario N°420/J por duplicado; El acuse de recibo de la presentación efectuada; La impresión de la "aceptación del trámite" y Documento Nacional de Identidad de los Socios original y fotocopia. Una vez lograda la misma, se continúa el tramite vía web en la forma que se describe líneas abajo. |
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