Resumen:
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Para satisfacer las necesidades de individuos y comunidades es necesaria la adquisición de bienes y servicios, así como la producción y comercialización de los mismos. El medio jurídico más usual para ese intercambio es el contrato. Los cambios sociales, económicos, culturales, tecnológicos y de información producidos en estos últimos tiempos, llevaron a que existan diferentes formas de relaciones jurídicas y con ello se establecen nuevas figuras contractuales o se agiornan las existentes. Emergen, en este contexto, los denominados contratos inteligentes, las nociones de token y de cadena de bloques o blockchain. Si bien la existencia de los llamados contratos autoejecutables data de varios años atrás, señala Bourque que lo nuevo y disruptivo es que se combinan, por un lado, el contrato con sus términos y, por otro, la ejecución del contrato, en un único lenguaje, y la ejecución, a su vez, depende o se confía a una tercera parte: la blockchain donde corre. Además, los términos del código, o del contrato, son transparentes, están a la vista de todos. (Heredia Querro, Sebastián, 2020) Frente a tales cambios se presentan interrogantes dirigidos a la necesidad, o no, de revisar la doctrina tradicional de los contratos y su aplicabilidad a los nuevos supuestos contractuales, a revisar el estado del arte de los contratos inteligentes, analizar la legislación vigente, a enunciar las fortalezas y debilidades de tales contratos y a indagar las actividades productivas y comerciales que se desarrollan en Villa María y la región con potencialidad de utilización de contratos inteligentes. Ello con la finalidad de indagar si los contratos inteligentes pueden ser una herramienta que otorgue ventajas -o no- en los aspectos jurídicos y económicos para el desarrollo de la producción y comercialización de Villa María y la región
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